Permanencia en el trabajo en Honduras: derechos, leyes y cómo reclamarla

En Honduras, la permanencia en el trabajo no depende de lo que las partes escriban en un contrato, sino de la naturaleza de la labor que se realiza. En otras palabras, si la actividad que desempeña el trabajador es permanente dentro de la empresa, el contrato debe presumirse indefinido, aunque el documento diga “por tiempo determinado” o “por servicios profesionales”. Por ejemplo: Un mesero en un restaurante, persona de atención al cliente en SAR.

Como abogada laboralista, he visto innumerables casos donde se intenta disfrazar una relación permanente para evitar derechos laborales.

Qué significa la permanencia laboral según la ley hondureña

El Código de Trabajo de Honduras establece que toda relación laboral se presume por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario. Esto significa que el empleador debe justificar con evidencia clara por qué el vínculo es temporal (por ejemplo, reemplazo o proyecto específico).

En el artículo 24 del Código de Trabajo establece la siguiente presunción: «Aunque el contrato de trabajo se presente involucrado o en concurrencia con otro u otros, no pierde su naturaleza, y le son aplicables, por tanto, las disposiciones de este Código.»

Contrato permanente vs contrato temporal

Un contrato permanente implica estabilidad, vacaciones, décimo tercer mes, aportes a seguridad social y protección contra despido injustificado. Mejora el proyecto de vida porque puedes acceder a prestamos de vivienda, ya que los bancos solicitan constancia de trabajo como requisito.


El contrato temporal sólo procede si la actividad tiene un fin definido: una suplencia, una obra específica o una temporada.

El principio de continuidad laboral

La legislación hondureña aplica el principio de continuidad, que busca proteger al trabajador de despidos arbitrarios o de contratos sucesivos para evadir la antigüedad. Si el empleado cumple 200 días o más, ya tiene derecho a vacaciones y a que su contrato se considere indefinido.

Cuándo un contrato se presume permanente aunque diga lo contrario

El articulo 47 del Código de Trabajo menciona que los contratos relativos a labores que por su naturaleza sean permanentes o continuas en la empresa, se considerarán celebrados por tiempo indefinido aunque en ellos se exprese termino de duración, esto e slo que mencionaba al principio que la permanencia en el trabajo no es por voluntad de las partes.

Incluso si el documento indica que el contrato es “a plazo fijo”, la ley lo presume permanente si el trabajo es de carácter estable o si el empleado cumple funciones ordinarias dentro de la estructura de la empresa.

Actividades permanentes dentro de la empresa

Ejemplo: si un auxiliar administrativo, un guardia de seguridad o una recepcionista realiza tareas continuas, no puede ser contratado como “temporal” año tras año. En la práctica, eso es una relación permanente disfrazada.

La figura de la suplencia o reemplazo temporal

Solo se considera temporal cuando el trabajador reemplaza a alguien con plaza permanente, como en casos de vacaciones, incapacidades o licencias médicas. Terminado el reemplazo, finaliza el contrato. Fuera de esa excepción, se presume indefinido. Esta figura puede conocerse tambien como interinato.

Casos comunes de simulación de contratos en Honduras

En la práctica profesional he detectado muchas estrategias para simular relaciones temporales, aunque en realidad son permanentes.
Una de las más frecuentes es hacer firmar al trabajador contratos de servicios profesionales, aun cuando cumple horario, recibe órdenes y marca asistencia en reloj biométrico. Esa simulación elimina sus derechos a seguridad social, vacaciones y cesantía.

Otra modalidad es pedir que los empleados se constituyan como comerciantes individuales y que emitan facturas a su empleador.

Contratos por servicios profesionales usados para evadir derechos

Si trabajas bajo esa modalidad pero cumples horario, reportas a un jefe y usas los recursos de la empresa, eres un empleado, no un contratista. Y la ley te ampara como tal. Puedes exigir la permanencia o acuerdo de nombramiento, y si te despiden puedes pedir la indemnización o reintegro al puesto de trabajo.

Pruebas que demuestran la relación laboral real

  • Copias de contratos o recibos de pago.
  • Registros de horario o marcaciones biométricas.
  • Comunicaciones con el empleador (correos, mensajes, instrucciones).
  • Testimonios de compañeros de trabajo.

Toda esa evidencia puede demostrar ante el juez que existía una relación laboral continua y subordinada, base para reclamar la permanencia.

Qué puedes hacer si tu contrato es temporal pero tu trabajo no

Si consideras que tu contrato fue simulado o que tu trabajo es permanente, tienes derecho a exigir un nombramiento o reconocimiento de tu antigüedad. Se realiza en el Juzgado de trabajo a través de apoderado legal.

Cómo solicitar el nombramiento permanente

Primero, si es ante el Gobierno solicita por la via conciliatoria para agotar el tramite administrativo, es aconsejable que lo hagas mediante abogado. Si no responde o se niega, puedes interponer una demanda laboral ante los tribunales.

Recomendaciones legales para demandar (según mi experiencia)

He escuchado a muchas personas decir en redes sociales: “no demando porque se tarda mucho”. Pero eso no es una excusa válida.

El derecho a un trabajo estable es un derecho humano, reconocido incluso por tratados internacionales.

Aunque el proceso tome tiempo, vale la pena exigirlo, porque cada día cuenta para tu antigüedad, tus prestaciones y tu seguridad social.

Cambios recientes en el reconocimiento de antigüedad (Decreto 2025)

El 14 de octubre de 2025, la Presidencia de la República aprobó un decreto que reconoce la antigüedad de empleados públicos que antes laboraban bajo contrato.

Sin embargo, este reconocimiento aplica solo para el cálculo de cesantía y vacaciones, sin otorgar retroactivamente el goce de esos beneficios ni el pago de cuotas de seguridad social omitidas.

Desde la práctica jurídica, considero que esta contradicción vulnera derechos y debe ser revisada judicialmente.

Conclusión: tu derecho a un trabajo estable es un derecho humano

La permanencia en el trabajo en Honduras es más que un beneficio: es una garantía de dignidad y seguridad jurídica.

Ningún trabajador debería ser obligado a firmar contratos temporales sucesivos o de servicios falsos para ejercer labores permanentes.
Si tu caso se parece a lo descrito, tienes herramientas legales para reclamar tu estabilidad.

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